dc.description.abstract | El objetivo de estas directrices es ofrecer recomendaciones a las instancias normativas nacionales y subnacionales, a los encargados de ejecutar y gestionar programas de salud sexual y reproductiva, a los miembros de organizaciones no gubernamentales y otras organizaciones de la sociedad civil y sociedades profesionales, así como a los trabajadores de la salud y otras partes interesadas de la esfera de la salud y los derechos sexuales y reproductivos, con el fin de ayudarles a garantizar la disponibilidad y el acceso a una atención para el aborto de calidad con base científica en todo el mundo. En estas directrices, las recomendaciones se presentan en tres ámbitos que son esenciales para la prestación de la atención para el aborto: legislación y políticas, servicios clínicos y prestación de servicios. Las recomendaciones relativas a la legislación y las políticas que deberían o no estar en vigor para instaurar y mantener plenamente una atención para el aborto de calidad comprenden siete áreas: la penalización del aborto, los enfoques basados en supuestos para permitir el aborto, los límites relativos al periodo de gestación establecido para abortar, los plazos de espera obligatorios antes de someterse a un aborto solicitado, la autorización de terceros para abortar, las restricciones sobre qué trabajadores de la salud pueden prestar servicios de aborto, y la objeción de conciencia o negativa por razones de conciencia de los proveedores de atención de la salud. 3 Las recomendaciones relativas a los servicios clínicos se refieren a los métodos de aborto y a la atención clínica conexa, desde el suministro de información, los servicios de orientación y el tratamiento del dolor hasta los métodos y administración de tratamientos para el aborto (incluso para diferentes indicaciones clínicas), así como a la prestación de atención posterior al aborto, incluidos los métodos anticonceptivos. 4. Las recomendaciones sobre la prestación de servicios incluyen las relativas a las categorías de trabajadores de la salud que pueden prestar los servicios clínicos correspondientes. También se presentan recomendaciones sobre la autogestión con respecto a tareas que pueden realizar las propias mujeres: el aborto médico en las primeras etapas de la gestación y el uso de numerosos anticonceptivos, incluida la autoadministración de anticonceptivos inyectables.
También se ha formulado una recomendación relativa a la telemedicina para facilitar el aborto médico temprano, junto con declaraciones sobre prácticas óptimas de otros enfoques de prestación de servicios de atención para el aborto. En conjunto, las directrices que se presentan en este documento reflejan los cambios recientes que se han producido en todos estos aspectos de la atención para el aborto. En el último capítulo se señalan las carencias y prioridades en materia de investigación y las nuevas esferas de interés. | es_ES |