| dc.description.abstract | El 20 de enero de 2023 la República Argentina (en adelante “el Estado solicitante”, “el
Estado” o “Argentina”), con fundamento en el artículo 64.1 de la Convención Americana, y
de conformidad con lo establecido en los artículos 70.1 y 70.2 del Reglamento, presentó
una solicitud de Opinión Consultiva sobre “El contenido y el alcance del derecho al cuidado y su interrelación con otros derechos destacando su carácter de derecho humano autónomo e indispensable para el goce de una vida digna, enraizado en la dignidad, la vulnerabilidad y la interdependencia que caracterizan la condición humana. A partir de esta premisa, se han desarrollado con especial atención dos ejes relativos a los niños, niñas y adolescentes (NNA): su cuidado en contextos de custodia estatal y su protección frente a los riesgos del entorno digital. Esto incluye la asistencia a quienes se encuentran en situación de dependencia o requieren apoyo, ya sea de forma temporal o permanente, como es el caso de personas adultas mayores, personas con discapacidad o enfermedades, niños, niñas y adolescentes o mujeres embarazadas | es_ES |